Por Danyela Parra
Empezaré confesando que me es muy difícil articular esta crítica hacia las condiciones laborales de lxs artistas escénicos, porque sé que estudiar arte en un país en el que sólo el 40% de lxs jóvenes ingresan a la universidad, es un privilegio, igualmente, soy consciente de la precaria situación laboral de nuestro país. Pero igual, aquí voy.
En el comunicado de prensa número 166/20 emitido el 26 de abril de 2020, el INEGI reportó que, del total de la población de 15 años y más, el 60.4% es económicamente activa y el 96.6% (55.6 millones) de esta población está ocupada.
El 56.2% de la población ocupada se encuentra en el empleo informal; entendemos como empleo informal las condiciones laborales que carecen de seguridad social, por lo cual considero que gran parte de lxs creadorxs escénicos formamos parte del empleo informal. De acuerdo a los estudios del Observatorio Laboral, las carreras de música y artes escénicas forman parte de las tres licenciaturas con mayor cantidad de freelancers.
Al revisar estos datos consulté la Ley Federal del Trabajo, cito aquí el artículo 2º que captó mi atención:
Artículo 2o.- Las normas del trabajo tienden a conseguir el equilibrio entre los factores de la producción y la justicia social, así como propiciar el trabajo digno o decente en todas las relaciones laborales. Se entiende por trabajo digno o decente aquél en el que se respeta plenamente la dignidad humana del trabajador; no existe discriminación por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales o estado civil; se tiene acceso a la seguridad social y se percibe un salario remunerador; se recibe capacitación continua para el incremento de la productividad con beneficios compartidos, y se cuenta con condiciones óptimas de seguridad e higiene para prevenir riesgos de trabajo. El trabajo digno o decente también incluye el respeto irrestricto a los derechos colectivos de los trabajadores, tales como la libertad de asociación, autonomía, el derecho de huelga y de contratación colectiva. Se tutela la igualdad sustantiva o de hecho de trabajadores y trabajadoras frente al patrón. La igualdad sustantiva es la que se logra eliminando la discriminación contra las mujeres que menoscaba o anula el reconocimiento, goce o ejercicio de sus derechos humanos y las libertades fundamentales en el ámbito laboral. Supone el acceso a las mismas oportunidades, considerando las diferencias biológicas, sociales y culturales de mujeres y hombres.
¿Cómo enunciamos la discriminación por origen étnico, edad, discapacidad, condición social o condiciones de salud, cuando esta exclusión está construida desde la estructuración de las instancias de arte? Quiero decir, el sector poblacional al que refiere mi pregunta, ni siquiera pasa los filtros de selección de las academias de arte. No sé cómo nombrar cuando los “castings”, por ejemplo, para actrices y actores ni siquiera convocan a personas con alguna de las características mencionadas. Ni pensar de quiénes trabajamos detrás de la escena produciendo, dirigiendo, diseñando, asistiendo, etc. Por supuesto, aquí una vez más, es pertinente hacer la, ya muy mencionada, pregunta ¿Qué cuerpos nos importa hacer visibles? Y ¿Qué representaciones estamos construyendo?
También observé que la Ley Federal del Trabajo, tiene algunos capítulos que detallan lineamientos de operación de acuerdo a las necesidades de algunas profesiones y oficios. El correspondiente a nuestra labor es el Capítulo XI. Trabajadores actores y músicos el cual abarca del artículo 304 al artículo 310.
En este capítulo se establecen los medios de producción en los cuáles se aplican estas leyes; informa que las relaciones de trabajo pueden ser por tiempos determinados o indeterminados. Hace referencia a que el salario se puede estipular por unidad de tiempo, sin embargo, no aclara la unidad de medida del tiempo como sí sucede en otras profesiones. Garantiza que las presentaciones fuera y al interior de la República, deben cubrir un anticipo del 25% del salario y garantizar el transporte de ida y vuelta. Finalmente, el artículo 310, señala que en caso de que el trabajo lo requiera es obligación de los patrones otorgar camerinos cómodos, higiénicos y seguros.
En 2018 la senadora Yolanda de la Torre Valadez, presentó una iniciativa para reformar los artículos contenidos en el capítulo XI de la Ley Federal del Trabajo, en la cual proponía añadir la obligación del patrón a dar contratos, considerar como tiempo de trabajo efectivo labores de publicidad y ensayos, así como pagarlos de manera independiente a las presentaciones pactadas. También propuso que las presentaciones dentro y fuera de República deben asignar los medios de transporte adecuados en relación al tiempo de traslado; se aseguraría el transporte al lugar de hospedaje y de trabajo, así como el retorno de los mismos y en caso de cancelarse la o las presentaciones por causas ajenas a la persona trabajadora, el patrón debería pagar el salario acordado. Obligaba al patrón a otorgar camerinos, higiénicos, cómodos y seguros, así como los materiales humanos necesarios para desempeñar su trabajo.
Esta iniciativa fue desechada en 2019.
¿Por qué sólo están contempladxs músicos y actores y no están bailarines, escenógrafxs, asistentes, etc.? Me parece lamentable que la propuesta de la senadora Yolanda de la Torre haya sido desechada, no sólo porque nuestro campo laboral carece de contrataciones formales y cuando somos contratadxs por las instituciones gubernamentales recibimos pagos fuera de tiempo debido a la excesiva burocracia, sino porque incluso las modificaciones propuestas no son suficientes para dignificar y equilibrar las relaciones laborales de lxs creadorxs escénicos. Considero que necesitamos ampliar y modificar los artículos que velan por nuestros derechos laborales, lo cual es un trabajo conjunto que debe ser realizado entre la sociedad civil dedicada a las artes escénicas, senadorxs y Secretaría de Cultura, ya que es la instancia encargada de conducir la política nacional en materia de cultura.
El Programa Sectorial 2020-2024 presentado por la Secretaría de Cultura, se elabora bajo la premisa de construir una política cultural acorde al proyecto de transformación del actual gobierno (aunque pareciera una obviedad, cabe destacar que es el primer programa de las instituciones culturales en México) el cual procura la inclusión, la diversidad cultural y la defensa irrestricta de las garantías individuales. Establece 4 prioridades, de las cuáles se despliegan 6 objetivos principales. Cito aquí únicamente 2 de los cuáles hablaré:
OBJETIVO PRIORITARIO 5: Fortalecer la participación de la cultura en la economía nacional a través del estímulo y profesionalización de las industrias culturales y empresas creativas, así como de la protección de los derechos de autor
Las acciones principales para llevar a cabo el objetivo 5, se giran en torno a la protección, orientación jurídica y difusión de los derechos de autor con la finalidad de fomentar la cultura de la legalidad. También, anuncia que el sector cultura representa el 3.2% del producto interno bruto del país, esto lo atribuye, principalmente a la producción audiovisual. Señala que entre 2010 y 2018 el 21.4% de películas estrenadas en nuestro país correspondieron a producciones mexicanas, razón por la cual es necesario subir financiamientos para la industria fílmica.
Si bien las acciones planteadas para llevar a cabo el objetivo 5 del plan sectorial de cultura 2020-2024, me parecen necesarias, también considero que prudente realizarnos más preguntas que nos permitan entender y proponer políticas culturales que logren ser incluyentes, ya que los resultados cuantitativos imposibilitan una mirada cautelosa. ¿Quiénes integran los equipos de trabajo de producciones mexicanas? ¿Qué narrativas construyen estas películas? ¿Qué color de piel predomina en las producciones mexicanas, no sólo refiriéndome al elenco, sino a creativos, staff, producción, etc.? ¿Qué valores promueven?
Por otro lado, el objetivo 5 señala la profesionalización de las industrias culturales y empresas creativas, pero sólo hacen referencia a medios audiovisuales, así como a la búsqueda de consumidores ¿Dónde quedan otras disciplinas? ¿De qué manera la Secretaría de Cultura gestiona la profesionalización incluyente de empresas creativas? Hasta ahora su papel ha sido principalmente productor ¿De qué manera podemos movilizar el paternalismo institucional hacia la creación de industrias creativas?
OBJETIVO PRIORITARIO 6: Enriquecer la diversidad de las expresiones creativas y culturales de México mediante el reconocimiento y apoyo a los creadores, académicos, comunidades y colectivos
Una de las acciones puntuales para el cumplimiento del objetivo 6 es, otorgar apoyos y estímulos a artistas a fin de que se dediquen a la creación y contribuyan al incremento del patrimonio cultural. Así mismo en la relevancia del objetivo 5.6 también reconocen la importancia de estimular y apoyar la creación artística y cultural en todas sus expresiones, especialmente los campos que enriquecen el acervo mexicano y resalten nuestro patrimonio e historia.
Al leer este objetivo recordé cuando haces un casting; hay una empresa productora que publicita un perfil, si lo cumples aplicas y compites por el personaje, de lo contrario sigues buscando.
En esta comparación que sentí había algo que no entendía ¿Cuál era el punto que unía estas experiencias? Pareciera que es descontento con el perfil planteado por la institución (eso es otro tema), pero no (en este momento). Pensé que existen filtros de selección en todo trabajo y ahí estaba mi desconcierto, en el trabajo. ¿Por qué llamar estímulo y apoyo al pago por incrementar el patrimonio cultural? Estimular es hacer que alguien quiera hacer algo en mayor medida; apoyar, es favorecer o ayudar; mientras que trabajar es ocuparse en alguna actividad física o intelectual y ser remuneradx por ello. Un profesionista de las artes no necesita que le estimulen a crear, así como unx abogadx no necesita que le estimulen a litigar. ¿Por qué el discurso institucional sigue siendo que nos ayudan pagando nuestro trabajo? ¿Cómo imaginamos profesionalizar las empresas creativas si el discurso institucional es que nos favorecen pagándonos? ¿Por qué gran parte de las convocatorias no permiten pagar gestión? ¿Por qué no se permite el pago por realización de carpetas? ¿Por qué los procesos de contratación en instancias gubernamentales no caminan de la mano a profesionalizar las industrias creativas?
No necesitamos estímulos ni apoyos, necesitamos derechos laborales.
Durante esta pandemia regresé a mi lugar de origen, aquí las fiestas patronales, las redadas de bici y la pavimentación de las calles las pagamos y realizamos entre todxs. De mis vecinxs aprendí que podemos tener modelos de producción con autonomía, por esta razón mi escrito no es un reclamo hacia la institución sino un desborde porque estoy insatisfecha con las condiciones en que trabajamos y también un aullido, como el de las lobas para llamar y encontrar resonancia con personas que también estén insatisfechas y llenas de preguntas, quizás entre todas construimos algo.
BIBLIOGRAFÍA:
https://www.observatoriolaboral.gob.mx/static/estudios-publicaciones/Tendencias_empleo.html
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Ley_Federal_del_Trabajo.pdf
https://www.senado.gob.mx/64/gaceta_comision_permanente/documento/81764
https://www.gob.mx/cultura/prensa/la-secretaria-de-cultura-presenta-su-programa-sectorial-2020-2024?idiom=es
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/60_200521.pdf
Esta publicación forma parte del proyecto ¡Se armó el Argot con las Medeas!, el cual cuenta con el apoyo del Sistema de Apoyos a la Creación y Proyectos Culturales (SACPC) en la categoría de Fomento a Proyectos y Coinversiones Culturales (FONCA)